El gasto público y la participación ciudadana

El  gasto  público y la participación ciudadana

La SHCP se encarga de proyectar y calcular los ingresos del gobierno, además de cobrar los impuestos y vigilar el cumplimiento de las disposiciones fiscales.

El gobierno obtiene ingresos de 2 formas principales; tributarias y no tributarias.

El gasto público es la suma de los gastos realizados por el gobierno, y se derivan en Proveer servicios públicos, Alcanzar desarrollo, Una distribución de la renta, Mantener un nivel de precios estable y Conseguir pleno empleo.

El gasto que tiene el gobierno se divide en, gasto corriente y gasto de inversión; el corriente es el que gasta el gobierno para su operación; y el de inversión es aquél que realiza el gobierno para generar bienes públicos.

El gobierno para presupuestar debe definir los enfoques adecuados; enfoque basado en el cumplimiento del presupuesto, formulación de políticas y eficiencia en la asignación de recursos, presupuesto basado en resultados y presupuesto base cero.

Y  debería cumplir con tres principios para proporcionar información correcta a las autoridades; los cuales son el principio de integralidad, El principio de unidad, El principio de consistencia interna.
Mientras que Las clasificaciones del presupuesto son de carácter; económica, Administrativa y Funcional.

El proceso presupuestario se encuentra regulado por el artículo 74 de la Constitución Mexicana.

Sus lineamientos para la rendición de cuentas se ubican en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

Los observatorios ciudadanos cumplen cuatro funciones centrales; dar seguimiento a las acciones de los órganos gubernamentales, evaluar las acciones y las decisiones, contrasta la información que reportan las agencias gubernamentales y Dotar a la ciudadanía de mayores datos sobre asuntos
complejos para fortalecer la transparencia y la rendición de cuentas y romper con los espacios de opacidad en las diversas materias y sectores de políticas que vigilan.

entonces nos hacemos las preguntas:

¿Cómo los ciudadanos contribuimos para aumentar o disminuir el gasto público en un día cotidiano?

México otorga a los ciudadanos la participación en el proceso presupuestario, ya con las reformas de transparencia, es más fácil ver en que están gastando y como lo están gastando, es ahí donde el ciudadano puede vigilar los órganos y denunciar los actos de corrupción que encuentre.

¿Alguna vez habías considerado lo importante que es la participación social en la vigilancia en el ejercicio de los recursos públicos?

La participación social, en la vigilancia de los recursos públicos, por sí misma inhibe el surgimiento de irregularidades y prácticas, inadecuadas en el gobierno, aspecto que también debe considerarse en la valoración de una estrategia en esa materia; ya que la participación ciudadana da grandes beneficios, ya que se debe considerar que los mejores vigilantes de la adecuada realización de las obras y acciones financiadas con recursos públicos son sus beneficiarios; no sólo por el interés legítimo de que se lleven a cabo correctamente, sino también porque su contacto cotidiano con las mismas y con su proceso de ejecución, potencia la acción de vigilancia y seguimiento.

ahora con esta informaciona analizaremos al INE y nos aremos unas preguntas.

¿Cuánto gasta?

Que el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2017, establece que el gasto para el Ramo 22 asciende a la cantidad total de $15,071,176,879.00 (Quince mil setenta y un millones ciento setenta y seis mil ochocientos setenta y nueve pesos 00/100 M.N.).

De los cuales para el Instituto Nacional Electoral es un monto de $10,932,449,787.00 (Diez mil novecientos treinta y dos millones cuatrocientos cuarenta y nueve mil setecientos ochenta y siete pesos 00/100 M.N.).

Y $4, 138,727, 092. 00 (Cuatro mil ciento treinta y ocho millones setecientos veintisiete mil noventa y dos pesos 00/100 M.N.).

Para el financiamiento público para el sostenimiento de actividades ordinarias permanentes y actividades específicas de los Partidos Políticos Nacionales para el Ejercicio 2017. De los cuales se desglosan:

Unidad responsable                                                                                                        monto

Presidencia del Consejo General                                                                            52,276,832
Consejeros Electorales                                                                                         206,526,254
Secretaría Ejecutiva                                                                                                45,370,580
Coordinación Nacional de Comunicación Social                                                     68,051,111
Coordinación de Asuntos Internacionales                                                               32,175,274
Dirección del Secretariado                                                                                      60,924,960
Contraloría General                                                                                               135,920,299
Dirección Jurídica                                                                                                   66,132,827
Unidad Técnica de Servicios de Informática                                                        274,832,339
Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores                                      1,156,890,190
Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos                                     174,066,037
Dirección Ejecutiva de Organización Electoral                                                        85,866,184
Dirección Ejecutiva del Servicio Profesional Electoral Nacional                           102,396,197
Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica                      120,206,248
Dirección Ejecutiva de Administración                                                                  595,554,423
Consejeros del Poder Legislativo y Representantes de Partidos Políticos           116,988,062
Unidad Técnica de Transparencia y Protección de Datos Personales                   37,525,725
Unidad Técnica de Fiscalización                                                                          278,242,764
Unidad Técnica de Planeación                                                                                37,051,741
Unidad Técnica de Igualdad de Género y No Discriminación                                   9,718,495
Unidad Técnica de Vinculación con los Organismos Públicos Locales (OPL)        34,105,040
Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral                                                           61,266,493
Juntas Ejecutivas Locales                                                                                  1,123,153,571
Juntas Ejecutivas Distritales                                                                              4,073,259,401
                                                                                                               Total    8,948,501,047

Que para atender las actividades relacionadas con proyectos estratégicos de las distintas áreas se ha decidido el Presupuesto en los siguientes proyectos:

Proyectos                                                                                                                       Montos

Procesos Locales Electorales 2017                                                                     764,481,801
Proceso Electoral Federal 2018                                                                            699,534,390
Actualización de los procesos registrales electorales                                           218,388,554
Innovación y cambio institucional                                                                         159,102,153
Infraestructura inmobiliaria                                                                                      79,969,843
Desarrollo de los valores democráticos, de la participación ciudadana                  62,471,999
                                                                                                              Total     1,983,948,740

De conformidad con el Anexo 1 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2017 de acuerdo a la siguiente distribución: 

Descripción                                                                                                                     Total 

Total INE                                                                                                         10,932,449,787 
Financiamiento público para el sostenimiento de actividades ordinarias permanentes y actividades específicas de los Partidos Políticos Nacionales                            4,138,727,092
                                                                                  Total asignado al INE    15,071,176,879 

¿Qué tan transparente es en el gasto público?


Que conforme al artículo 16, penúltimo párrafo, del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2017; en el Instituto Nacional Electoral se deberán implantar medidas respecto de la reducción del gasto destinado a las actividades administrativas y de apoyo y del presupuesto regularizable de servicios personales, por lo que se deberá publicar en el Diario
Oficial de la Federación y en la página de Internet del Instituto a más tardar el último día hábil del mes de febrero de 2017, los respectivos Lineamientos y el monto correspondiente a la meta de ahorro. 

Asimismo, reportará en los Informes Trimestrales las medidas que hayan adoptado y los montos de ahorros obtenidos.

Que el artículo 23 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2017 establece que, entre otros, los entes autónomos deberán publicar en el Diario Oficial de la Federación, a más tardar el último día hábil del mes de febrero, el manual que regule las remuneraciones para los servidores públicos a su servicio, el Consejero Presidente, los Consejeros
Electorales y el Secretario Ejecutivo del Instituto Nacional Electoral, así como a los demás servidores públicos, en el que se proporcione la información completa y detallada relativa a las remuneraciones que se cubran para cada uno de los niveles jerárquicos que los conforman. 

Que el artículo 44 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación  para el Ejercicio Fiscal 2017, establece que las sanciones económicas que, en su caso, aplique el Instituto Nacional Electoral derivado del régimen disciplinario de los partidos políticos durante 2017, serán concentradas a la Tesorería de la Federación dentro de los 30 días naturales siguientes a la fecha en que se realice el pago o se haga efectivo el descuento. Los recursos obtenidos por este concepto serán destinados en los términos de las disposiciones aplicables al Ramo 38 para el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología y deberán destinarse a actividades sustantivas; dichos recursos no podrán ejercerse en servicios personales y su ejercicio y destino deberán reportarse en los Informes Trimestrales. 

Mi propuesta es: Lo primero sería la reducción de sueldos en un 10 por ciento, en los aspectos
de “Presidencia del Consejo General, Consejeros Electorales, Secretaría Ejecutiva, Dirección del Secretariado, Contraloría General, Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores, Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos, Dirección Ejecutiva de Organización Electoral, Dirección Ejecutiva del Servicio Profesional Electoral Nacional, Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica, Dirección Ejecutiva de Administración y Consejeros del Poder
Legislativo y Representantes de Partidos Políticos” ya que en estos rubro se gasta la cantidad 2, 852, 986, 266 00./100 MXN.  

Por lo que el 10 por ciento sería un ahorro de 285, 298, 626, .60/100 MXN.

Dando un total de gasto de 14, 785, 878, 252. 40/100 MXN.

Por la cuestión de la inversión en los procesos electorales se puede notar que el presupuesto para el 2018 es menor al del 2017, (Procesos Locales Electorales 2017 “764, 481, 801” contra Proceso Electoral Federal 2018 “699, 534, 390”) es una diferencia de 64, 947, 411. 00/100 MXN. 

Con lo anterior podemos ver que el gasto público va en disminución con cada proceso electoral. 

Último análisis: ¿Existe participación ciudadana en la organización e institución? La participación ciudadana se obtiene determinando la proporción que representan los ciudadanos que efectivamente sufragaron el día de la Jornada Electoral de aquellos que cumplen con los requisitos legales para votar.

En esta publicación, además de presentar las cifras de la participación ciudadana, se indican también las de la abstención, la cual se refiere a los ciudadanos que no votaron aun cuando formaban parte de la correspondiente lista nominal de electores.

Las tablas y las gráficas que presentan la participación ciudadana se pueden consultar en los niveles de agregación de municipio, distrito electoral, entidad federativa, circunscripción plurinominal y nacional.

¿Qué tipo de participación existe? Artículo 2o.- Para efectos de la presente ley, la participación ciudadana es el derecho de los ciudadanos y habitantes del Distrito Federal a intervenir y participar, individual o colectivamente, en las decisiones públicas, en la formulación, ejecución y evaluación de las políticas, programas y actos de gobierno. 

Artículo 3º.- Son principios de la Participación Ciudadana, los siguientes:

I. Democracia, II. Corresponsabilidad, III. Pluralidad, IV. Solidaridad, V. Responsabilidad Social, 
VI. Respeto, VII. Tolerancia, VIII. Autonomía, IX. Capacitación para la ciudadanía plena, X. Cultura de la Transparencia y Rendición de Cuentas, XI. Derechos Humanos.

Artículo 4º.- Son instrumentos de Participación Ciudadana.

I. Plebiscito, II. Referéndum, III. Iniciativa Popular, IV. Consulta Ciudadana,  V. Colaboración Ciudadana, VI. Rendición de Cuentas, VII. Difusión Pública, VIII. Red de Contralorías Ciudadanas, IX. Audiencia Pública, X. Recorridos del Jefe Delegacional, XI. Organizaciones ciudadanas, y XII. Asamblea Ciudadana.

¿Se cuenta con un marco jurídico y con sus niveles de participación al interior de la organización e institución? Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal.

¿La participación con la cuenta vigila el gasto público de la organización? Artículo 61.- La red de contralorías ciudadanas es el instrumento de participación por el que los ciudadanos en general, los integrantes de los Comités Ciudadanos, el consejo del pueblo en coadyuvancia con la autoridad tradicional, de los Consejos Ciudadanos y de las organizaciones ciudadanas, voluntaria e individualmente, asumen el compromiso de colaborar de manera honorífica con la Administración Pública del Distrito Federal, para vigilar, supervisar y garantizar la transparencia, eficacia y eficiencia del gasto público.

Análisis de la Ley General de Responsabilidades Administrativas y Combate a la Corrupción.

Análisis de la Ley General de Responsabilidades Administrativas y Combate a la Corrupción.

La reforma constitucional puede quedarse vacía de contenido, la corrupción cuando los poderes por la falta de democracia, por su debilidad y la ineficiencia, ya que falta la participación ciudadana.

Tiene una inexistencia de la participación ciudadana por la falta de mecanismos, por la cual la ciudadanía no puede participar, vigilar y controlar los movimientos elaborados por el propio gobierno.

La reforma constitucional es híbrida ya que no cuenta con un modelo europeo (España, Europa etc.).

Y tampoco cuenta con la totalidad del modelo sudamericano, como en el caso de Ecuador (que le da a su pueblo el poder para combatir la corrupción).

Ya que en Ecuador, el pueblo es el responsable de elegir el gobierno en todas sus áreas así como también la designación de los mismos, cosa que no sucede en México.

En Ecuador se protege al demandante y se van hasta las últimas consecuencias ante los grandes tribunales de su País.

En cambio en México, el pueblo solo vota por diputados, senadores, alcaldes, Presidente municipal, gobernadores y presidente de la república, pero ¿Qué pasa con los demás puestos y/u obligaciones públicas? Son seleccionados entre los mismos miembros del gobierno que cuentan con una posición jerárquica.

Otra de las diferencias entre México y Ecuador, es que en ecuador existe un cuarto poder (es el poder que ejerce el pueblo en el gobierno).

La corrupción en México es la acción del poder sin control y sin límites dentro del País, este poder lo debe tener y gestionar el pueblo.

Una de las formas más eficaz de combatir la corrupción, es limitando el poder que tiene el gobierno a forma de que el pueblo sea el mismo que gestione todas las articulaciones del gobierno.


Evitando así desfalcos como los que se realizaron a través de los años uno de los casos más recientes fue el de Javier Duarte.

La rendición de cuentas en México

La rendición de cuentas en México 

A continuación, se presentan los diferentes estudios que ubican a la rendición de cuentas como uno de los temas más discutidos y analizados de Administración Pública.

Se ha definido la rendición de cuentas como un componente fundamental de la democracia representativa, como una vía para evitar los abusos de poder, para controlar la corrupción, como un eje fundamental del buen gobierno, como un medio para empoderar a los ciudadanos.

De acuerdo con información proporcionada por la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales, en las elecciones de 2010 se detectaron casos de traslado masivo de personas de Morelos y San Luis Potosí a Veracruz, con credenciales de elector con domicilios falsos, para votar y alterar los resultados.

Casos similares se han detectado en Chihuahua, el Estado de México, Hidalgo y Tabasco.

Por otra parte, en materia gubernamental, no disponer de una contabilidad patrimonial ha generado que no se cuente con registros del patrimonio nacional, con inventarios integrales del mismo ni mecanismos apropiados para su control y preservación, propiciando prácticas corruptas que implican un elevado riesgo de la desaparición de los activos.

Muchos de los males que acontecen en el país ahora los conocemos gracias a la transparencia, la rendición de cuentas y la fiscalización que llevan al cabo el INE, el INAI, la Auditoría Superior de la Federación (ASF), la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y las organizaciones de la sociedad civil. Antes no sabíamos nada.

La rendición de cuentas como un componente de la democracia representativa:

En contraste con los gobiernos autoritarios o de formas no representativas de democracia, el gobierno representativo combina un marco institucional de autorización del poder con uno orientado a asegurar la responsabilidad y receptividad (responsiveness) de los agentes autorizados.

La rendición de cuentas en una democracia representativa involucra los conceptos de control sobre el Estado y el gobierno, de responsabilidad política en el ejercicio público.

La visión relacional de la rendición de cuentas:

Dentro de esta perspectiva, podemos ubicar los estudios de Mark Philp (2008) que define a la rendición de cuentas como una relación entre dos actores (A y B).

“A” está formalmente obligado a informar, explicar y justificar su conducta, entendiendo responsabilidades políticas.

“B” tiene la facultad de examinar la conducta de A y cuenta con instrumentos para vigilarlo e incidir en su comportamiento vía sanciones o incentivos.

La rendición de cuentas como una vía para evitar los abusos de poder:

A partir de la rendición de cuentas, el ciudadano tiene el derecho a recibir información y también una explicación.

La rendición de cuentas implica la obligación de divulgar todos los datos que se consideren necesarios y tiene el deber de justificar la aplicación del poder.

La rendición de cuentas como un eje fundamental del buen gobierno:

La rendición de cuentas tiene como finalidad la búsqueda de la transparencia de la gestión de la Administración Pública y a partir de allí lograr la adopción de los principios de buen gobierno, eficiencia, eficacia y transparencia, en la cotidianidad del servidor público.

La rendición de cuentas como un medio para empoderar a los ciudadanos:

Para la ciudadanía, un buen proceso de rendición de cuentas tiene como beneficio la posibilidad de estar informado desde la fuente principal de la gestión y los resultados de ésta de las diferentes entidades y temas sobre los cuales está interesada.

De ahí la importancia del estudio y análisis de los diversos mecanismos de vigilancia y control impulsados desde la ciudadanía.

Dimensiones de la rendición de cuentas se divide en:

Answerability

Esta capacidad tiene dos dimensiones, la primera alude a la cuestión de la transparencia en la gestión del gobierno y del derecho ciudadano al acceso a la información pública.

La transparencia permite a la sociedad civil la elaboración de una serie de procedimientos por parte de las dependencias, que faciliten la atención a los ciudadanos que comienzan a cuestionar cada una de las acciones realizadas por el gobierno.

En este aspecto la justificación de las acciones gubernamentales demanda procesos de argumentación y diálogos públicos entre la agencia sujeta a fiscalización y los diversos actores fiscalizadores, con información transparente, oportuna y verás.

Sanción (enforcement):

De acuerdo con Schedler (2005), esta dimensión va más allá de la cuestión  del establecimiento de espacios destinados para la discusión y reflexión de los asuntos públicos y de políticas de acceso a la información.

La limita en el sentido de que los funcionarios públicos puedan generar prácticas organizacionales al interior de las dependencias que obstaculizan la generación de información útil, oportuna y verás para el fácil acceso y discusión pública.

Principales tipos de rendición de cuentas:

Rendición de cuentas vertical:

La rendición de cuentas vertical comprende las dinámicas de control de la sociedad hacia el Estado a través de los dos tipos de rendición de cuentas electoral y la rendición de cuentas social.

El mecanismo de rendición de cuentas vertical reconoce el poder de la sociedad, en el sentido de la exigencia de resultados a los políticos, pero la reduce a la dimensión electoral.

La dimensión electoral tiene como característica principal “el tiempo”, pues las elecciones se realizan ocasionalmente.

Mecanismos electorales:

Durante el periodo electoral los representantes de los partidos políticos presentan las políticas que buscan implementar ante los ciudadanos que tienen la facultad de emitir un voto.

En la mayoría de las democracias las elecciones son un instrumento muy limitado para garantizar que los gobiernos maximicen el bienestar de los ciudadanos; entre otras razones porque los ciudadanos requieren una cantidad muy abundante de información para poder exigir responsabilidades y porque el voto no especifica cuáles de las muchas decisiones que adopta un gobierno están siendo premiadas y castigadas (Manin, Przeworski y Stokes, 2002).

De acuerdo con Willems y Van Dooren (2012), estos canales cumplen con la función democrática de la rendición de cuentas cuando presentan un informe sobre las acciones del gobierno y sus principales resultados, pero no cumplen con ninguna función para mejorar la gestión pública.

Mecanismos sociales:

La rendición de cuentas social se define como un mecanismo de control vertical no electoral de los políticos y funcionarios públicos.

Dentro de los mecanismos de rendición de cuentas social, se ubican los siguientes:
ϡ Organizaciones de la sociedad civil
ϡ Observatorios ciudadanos

Rendición de cuentas horizontal:

La rendición de cuentas horizontal, tiene por objeto mantener los derechos y libertades civiles, así como de participación ciudadana, a través de la efectividad de un sistema legal conformado por una red de normas e instituciones facultadas para la supervisión de los mismos; de otro modo, subsistirá el serio riesgo de que los que ocupan posiciones de poder estatal anulen esos derechos, provocando
desconfianza en los detentadores de ese poder (O’Donnell: 2002).

Los mecanismos de rendición de cuentas horizontal tienen que ver con el control del aparato estatal, se trata de la división de poderes, legislativa, ejecutiva y judicial, con sus checks and balances, pero también incluye los mecanismos con que cuentan las democracias contemporáneas.

Mecanismos horizontales de balance:

Para que esta rendición de cuentas sea efectiva, deben existir agencias de control autorizadas y dispuestas a supervisar, controlar, rectificar y/o sancionar actos ilícitos de otras agencias del Estado.

Las primeras agencias deben poseer no sólo autoridad legal para proceder de esta forma sino también autonomía suficiente respecto de las segundas. Guillermo O’Donnell (2007), denomina mecanismos de balance a la clase de rendición de cuentas ejercida por alguno de los poderes (Ejecutivo, Legislativo o Judicial) a los que las constituciones democráticas contemporáneas intentan aproximadamente balancear.

Este balance evita la concentración de poder en alguno de los tres poderes. Cada institución reacciona cuando otro poder invade su jurisdicción (control institucional).

Mecanismos de rendición de cuentas horizontal (asignada):

O’Donnell (2007) ubica como agencias ombudsman (defensores del pueblo), auditorías, controladores, fiscalías, contralorías, y similares legalmente encargadas de supervisar, prevenir, desalentar, promover la sanción o sancionar acciones u omisiones presuntamente ilegales de otras agencias estatales, nacionales o subnacionales.

Esto es, la rendición de cuentas horizontal funciona como instrumento de control, contrapeso y distribución de poder entre el Ejecutivo y el Legislativo, así como el control de decisiones de los propios órganos de gobierno a través de los sistemas de fiscalización internos.

¿Sobre qué aspectos y cómo se rinde cuentas?

En cuanto a su estructura, contenidos, los parámetros de comparación y evaluación, la calidad de la información, los momentos o el nivel de detalle con que debe cumplirse este deber.

Si de informes de rendición de cuentas se trata, los mismos pueden abordar combinaciones sobre distintos aspectos vinculados a la rendición de cuentas:

informes financieros, datos estadísticos, referencias al cumplimiento de las leyes y reglamentos, y toda una gama de acciones que muestran logros obtenidos durante un determinado periodo de gestión, aunque por lo general eluden referirse al cumplimiento de las metas concretas trazadas y optan por no explicar las razones de los incumplimientos.

Límites a la rendición de cuentas:

Sin embargo, existen una serie de factores que han limitado la efectividad de los mecanismos de control del poder.

En el caso de los mecanismos de control vertical (como las elecciones) y los mecanismos de control horizontal (como el poder Legislativo, Judicial).

1. El hecho de que los ciudadanos sean actores externos al gobierno hace mucho más difícil que los primeros tengan acceso a la información que les permitiera exigir la rendición de cuentas de forma simultánea a fin de prevenir abusos de los gobernantes (Natal: 2010).

2. La falta de información obstaculiza el proceso de rendición de cuentas ex ante o simultáneo, así
como la participación directa en las labores gubernamentales.

3. El limitarse a mecanismos de rendición de cuentas ex-post, vulnera los derechos de los ciudadanos y minimiza la cantidad y la calidad de las demandas ciudadanas de información e inclusión en los asuntos públicos.

Los mecanismos de rendición de cuentas sociales pueden, por su parte, limitar sus funciones pros democráticas, principalmente cuando ejecutivos poderosos o partidos dominantes aprovechan mecanismos clientelares para movilizar a ciertos grupos contra instituciones que podrían poner un contrapeso a su autoridad y privan a la oposición de oportunidades para influir en la distribución de recursos importantes, la incidencia de la sociedad civil puede adoptar un carácter profundamente antidemocrático (Peruzzotti, 2007).

El SNA como mecanismo de la rendición de cuentas:

El 26 de febrero de 2015, la Cámara de Diputados federal aprobó, prácticamente por unanimidad (409 votos a favor, 3 abstenciones y 24 en contra), el dictamen para crear el Sistema Nacional Anticorrupción.

Su objetivo último será poner fin a la creciente impunidad que rige en nuestro país.

En el siguiente diagrama se puede observar cuáles son, así como la legislación que debe ser modificada para dar vida al SNA.

El Comité de Participación Ciudadana estará integrado por cinco ciudadanos de probidad y prestigio que se hayan destacado por su contribución a la transparencia, la rendición de cuentas o el combate a la corrupción.

Del primer paquete de leyes anticorrupción, cinco de siete son fundamentales para generar mecanismos de fiscalización y rendición de cuentas en todos los órdenes de gobierno del país:

1. Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción.
2. Ley General de Responsabilidades Administrativas (Ley 3de3).
3. Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
4. Reformas a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
5. Reformas a la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación.

Esta reforma fortalece la corresponsabilidad entre los poderes públicos para combatir la corrupción.

A partir de esta reforma, el Senado de la República ratifica el nombramiento del titular de la Secretaría de la Función Pública.

Por su parte, los responsables del control interno de los organismos autónomos deberán ser designados por la Cámara de Diputados, garantizando que cuenten con la imparcialidad necesaria para cumplir sus funciones.

Por último, la rendición de cuentas social puede convertirse en un indicador de calidad de la democracia a través de la medición de tres aspectos: movilización, libertad de prensa y percepción de corrupción en los últimos años.

Los resultados evidencian no sólo mejoras en formas de control institucional sino en el uso de formas de acción política no convencional movilizaciones, protestas o marchas estructuradas en múltiples organizaciones sociales y mediáticas que no buscan competir con el voto, sino vincular nuevos espacios, grupos y redes sociales a las estructuras institucionales del sistema político, replicando en el fortalecimiento de los elementos que Dahl llama integrales para la calidad de la democracia.

Para terminar:

La rendición de cuentas y la transparencia son elementos fundamentales para el buen gobierno.

La transparencia es una fuerza poderosa que, cuando se aplica de manera coherente, puede ayudar a combatir la corrupción, mejorar el gobierno y promover la obligación de rendir cuentas. La rendición de cuentas y la transparencia son inseparables, y de su calidad y contenido depende en buena medida la fiscalización.

Por medio de la transparencia y la rendición de cuentas conocemos los programas de gobierno y la sociedad ejerce su derecho de escrutinio y evaluación del desempeño de los servidores públicos y de sus resultados. La transparencia y la rendición de cuentas deben ser reflejo de una responsabilidad social con los ciudadanos y ser ajenas a la manipulación, la opacidad, las componendas, las
consignas y las complacencias.

Recuento de oprobios:
1. El robo a la nación por el Fobaproa, Amigos de Fox y el Pemexgate en dos ocasiones, por la complicidad y corrupción de funcionarios públicos.

2. La muerte de los niños de la guardería ABC en Hermosillo, Sonora, por la negligencia, complacencia y corrupción de servidores públicos.

3. La opacidad, discrecionalidad y falta de rendición de cuentas del Poder Legislativo por falta de voluntad política y el abuso de facultades en el uso de recursos públicos.

4. El crecimiento desmedido de los gastos de comunicación en el Poder Ejecutivo, ya que según el CIDE hasta 2010 se ha gastado 28% más de lo autorizado por la Cámara de Diputados.

5. El escaso cumplimiento de la transparencia y la rendición de cuentas de estados y municipios sobre los cuantiosos recursos federales que reciben y el desmedido endeudamiento contraído.

6. El poder del crimen organizado y la delincuencia que han azotado al país y han provocado más de 45 mil muertes en cinco años, afectando la paz social y la garantía de seguridad que debe proporcionar el Estado.

7. El contubernio y la corrupción entre servidores públicos y crimen organizado en los casos de casinos y casas de apuestas, que provocaron la muerte de 53 personas en el Casino Royale de Monterrey.

8. La mala calidad de la educación, que se hizo patente con las evaluaciones aplicadas en la prueba ENLACE por el gobierno, y el Programa para la Evaluación Internacional de los Alumnos (PISA), aplicado por la OCDE.

9. Gracias al proyecto de Presupuesto de Egresos 2012 conocimos que cada uno de los siete magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación tendrán garantizados 5.9 millones de pesos en percepciones y prestaciones, por arriba de lo que recibe el Presidente de la República.

El derecho de acceso a la información y la transparencia

El derecho de acceso a la información y la transparencia

Para empezar a pedir información a un órgano de gobierno es necesario, saber los medios por los cuales se pueden conseguir, es decir que existen varios canales de información; por lo tanto hay puntos importantes que debemos tomar en cuenta:

ϡ A qué organización le pediremos datos
ϡ Que datos queremos saber
ϡ Cuáles son sus canales de información
ϡ Cuáles son los plazos de respuesta
ϡ Formato de respuesta
ϡ Otra alternativa para la obtención de los datos

Con el artículo 6° constitucional, la ley federal de transparencia y acceso a la información, y la ley general de transparencia y acceso a la información pública nos da el beneficio de la obtener todo la información que está relacionada con el gobierno mexicano, de forma gratuita y anónima.

Al mismo tiempo podemos levantar una demanda a o las instituciones que se nieguen a dar la información ante el INAI, ya que esta funge para otorgar el derecho de acceso a la información.

pasos para una solicitud de acceso a la información:

Para empezar ¿A quién solicitar dicha información y con qué objetivo? En este caso al INE con el objetivo de probar el sistema y conocer más afondo al instituto.
La información a solicitar será; un informe de total de gastos de los meses de Enero hasta Abril.

Los pasos que realicé fue la de correo electrónico, después de la confirmación del correo recibí la respuesta, que se me indica los pasos a seguir para poder pedir la información:

Su requerimiento es posible solicitarlo a través del apartado de Transparencia y Acceso a la Información del portal del Instituto Electoral del Estado de México en http://www.ieem.org.mx/transparencia.html.

Si bien lo considera, gestione a detalle su petición a través del Instituto Nacional Electoral en http://www.ine.mx/transparencia/  Para mayor información, puede contactarnos también por las siguientes vías:

•       Facebook https://www.facebook.com/inetelmx/
•       Twitter @INEtelMX
•       Para México al 01 800 433 2000
•       Para Estados Unidos al 1 (866) 986 8306 (cobro revertido)
•       Desde el resto del mundo al +52 (55) 5481 9897 (llamando por cobrar)

Agradecemos utilizar nuestros servicios y le reiteramos el compromiso que tenemos para continuar atendiendo sus consultas.

Atentamente Instituto Nacional Electoral
“Contigo, México es más. Súmate”
La información contenida en este correo es exclusivamente de orientación  para el ciudadano, por tanto, no puede ser utilizada como medio probatorio ni vinculante.

Los datos personales recabados en el Sistema de Administración de Atenciones Ciudadanas y en el Sistema de Atención ciudadana (Citas) estarán protegidos en términos de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública (Ley General), la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental (Ley Federal de Transparencia) y el Acuerdo
mediante el cual se establecen los principios, criterios, plazos y procedimientos para garantizar la protección de datos personales en posesión del Instituto Nacional Electoral (INE) y Partidos Políticos (Acuerdo INE/CG312/2016); serán incorporados y tratados en dichos Sistemas, los cuales se encuentran registrados en el Listado de Sistemas de Datos Personales en posesión del INE, publicado en la página de internet del propio Instituto.

Si usted no es el destinatario del presente correo, por ningún motivo debe revelar su contenido, copiarlo, distribuirlo o utilizarlo. Asimismo, deberá informar al emisor. La información contenida en el presente correo electrónico, incluye datos personales de los ciudadanos, clasificados como CONFIDENCIALES, en términos del artículo 126, párrafos 3 y 4 de la LEGIPE, y los artículos 2, 12, 32, 35 y 36 del Reglamento del Instituto Nacional Electoral en Materia de Transparencia y Acceso
a la Información Pública, por lo que deberá ser utilizada exclusivamente para los efectos señalados en la LEGIPE y en la normatividad aplicable.

En dicho URL se crea un perfil para la obtención de datos, y es una espera de 20 días para recepción de los datos solicitados.

A los dispuesto por dicha institución, la negativa de otorgar la información requerida, dando una respuesta de que no cuenta con dicha información por la razón de que no existe.

Sin embargo es ilógico pensar que no cuentan con un esquema por la cual puedan gestionar sus egresos.

Por lo tanto como ciudadano corresponde levantar una queja ante las autoridades como la  ASF, para que se investigue la razón de la negativa y se pueda ejecutar el artículo 6° de la constitución, para obtener la información (los gastos realizados por el INE, desde Enero hasta Abril del presente año).

El derecho de acceso a la información y la transparencia en México

El derecho de acceso a la información y la transparencia en México






Explicación: El DAI se deriva de las reformas al artículo 6° constitucional, relativas al derecho de la información, que se promulgaron en 1977, en el 2000 se abordaron la exigencia de contar con una ley de acceso a la información, la misión del IFAI, en un primer momento fue la de garantizar el derecho a la información pública promoviendo la política de transparencia y rendición de cuentas, 2002 cambio al INAI.
Función
A nivel Federal- Nacional
A nivel Estatal
A nivel Municipal
Nombre de la Institución encargada Acceso a la Información, Transparencia y protección de datos
INAI
CEAIPSINALOA
CEAIPSINALOA
Comisionados del instituto
y comisiones a la que pertenece cada comisionado
Francisco Javier Acuña
Eugenio Monterrey Chepov
Óscar Mauricio Guerra Ford
María Patricia Kurczyn Villalobos
Joel Salas Suárez Ximena Puente de la Mora
Areli Cano
Martha Ibarra López Portillo
Tomás Medina Rodríguez
María Alejandra Gavilánez Gómez
Nancy Gpe. López Gutiérrez
Jesús Noé Ríos Ruíz
Graciela Valdez Barraza
Eliane Gastélum Camacho
dalia Consuelo Flores Madrid
Martha Ibarra López Portillo
Tomás Medina Rodríguez
María Alejandra Gavilánez Gómez
Nancy Gpe. López Gutiérrez
Jesús Noé Ríos Ruíz
Graciela Valdez Barraza
Eliane Gastélum Camacho
dalia Consuelo Flores Madrid

Mencionar tres funciones de los comisionados
Garantizar el derecho de acceso de las personas a la información pública gubernamental.

Proteger los datos personales que están en manos tanto del gobierno federal, como de los particulares.

Resolver sobre las negativas de acceso a la información que las dependencias o entidades del gobierno federal hayan formulado.
Para promover una cultura de apertura y de educación sobre el derecho de acceso a la información pública y el derecho de habeas data

Para que la información confidencial, compuesta por datos personales, sea debidamente resguardada por las entidades públicas.

Para garantizar, por el bien de la persona, la entidad e interés público, el adecuado cumplimiento de los criterios de información reservada establecidos en la ley.
Para promover una cultura de apertura y de educación sobre el derecho de acceso a la información pública y el derecho de habeas data

Para que la información confidencial, compuesta por datos personales, sea debidamente resguardada por las entidades públicas.

Para garantizar, por el bien de la persona, la entidad e interés público, el adecuado cumplimiento de los criterios de información reservada establecidos en la ley.

Normas y leyes que aplican
Reglamento de la Ley de la Propiedad Industrial

Reglamento de la Ley Federal del Derecho de Autor.

Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria

Reglamento Interior del Instituto Federal de Acceso a la Información Pública.

Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

Reglamento de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares

Reglamento Interior del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos.

Reglamento Interno del Comité de Información del IFAI, Organismo Autónomo.

Reglamento de la Ley Federal de Archivos.

Reglamento para la organización y funcionamiento de las Comisiones del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos.

Reglamento de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos.
Reglamento de Recursos Financieros y Presupuestales del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.

Reglamento Interno del Comité de Transparencia del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.

Reglamento Interno del Comité de Transparencia del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales
Constitución Política del Estado de Sinaloa.

Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sinaloa.

Ley de Acceso a la Información Pública del Estado de Sinaloa.

Ley de Hacienda del Estado de Sinaloa.

Ley de Hacienda Municipal de Sinaloa.

Ley de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

Ley de la Auditoria Superior del Estado de Sinaloa.

Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios y Administración de Bienes Muebles.

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares.

Reglamento Interior de CEAIPES.

Reglamento Interior de CEAIP.

Reglamento del Comité de Adquisiciones.

Reglamento para el Acceso a la Información Pública del Estado de Sinaloa.

Decreto de Creación de Ceaipes.

Decreto de Creación de Ceaip.

Métrica de la Transparencia.

Código de Buenas Prácticas.

Declaración Universal de los Derechos Humanos.

Ley de Justicia Administrativa para el Estado de Sinaloa.

Constitución Política del Estado de Sinaloa.

Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sinaloa.

Ley de Acceso a la Información Pública del Estado de Sinaloa.

Ley de Hacienda del Estado de Sinaloa.

Ley de Hacienda Municipal de Sinaloa.

Ley de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

Ley de la Auditoria Superior del Estado de Sinaloa.

Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios y Administración de Bienes Muebles.

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares.

Reglamento Interior de CEAIPES.

Reglamento Interior de CEAIP.

Reglamento del Comité de Adquisiciones.

Reglamento para el Acceso a la Información Pública del Estado de Sinaloa.

Decreto de Creación de Ceaipes.
Decreto de Creación de Ceaip.

Métrica de la Transparencia.

Código de Buenas Prácticas.

Declaración Universal de los Derechos Humanos.

Ley de Justicia Administrativa para el Estado de Sinaloa.


Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información

¿Por qué medio se realizan las solicitudes?

A través de la plataforma nacional de transparencia en la url, https://www.infomex.org.mx/gobiernofederal/home.action



Por correo electrónico

Por teléfono

Presencial en las instalaciones
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Presencial en las instalaciones

Tiempo de respuesta

30 días
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Otras características relevantes
Es un organismo constitucional autónomo en México.

El organismo, antes conocido como Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI), cambió de nombre en mayo de 2015 tras la aprobación de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información.

Su órgano máximo de dirección es el Pleno, el cual está integrado por 7 comisionados, de los cuales uno funge como Comisionado Presidente.

Los comisionados son designados por la Cámara de Senadores y su designación puede ser objetada por el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos.

Los comisionados que actualmente integran el Pleno del Instituto fueron nombrados el 30 de abril de 2014.
Meses antes en el Estado de Sinaloa se aprueba el 27 de abril del 2002 la Ley de Acceso a la Información Pública del Estado de Sinaloa, siendo Sinaloa el estado con la ley más avanzada en materia de Acceso a la Información.

Cabe mencionar que al día de hoy todos los estados de la República Mexicana cuentan con una Ley Local de Acceso a la Información Pública.

El derecho de acceso a la información promueve el derecho a saber de las personas, para una mejora en su calidad de vida.

Ante este punto, el gobernador del estado de Sinaloa en el periodo 1999-2004 promovió una ley estatal de Acceso a la Información que contemplara la rendición de cuentas de los tres poderes del Estado, así como el de todas aquellas entidades públicas que reciban dinero del erario público, la cual fue enriquecida por el Congreso del Estado retomando valiosos elementos de la iniciativa presentada por la fracción parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática.
Meses antes en el Estado de Sinaloa se aprueba el 27 de abril del 2002 la Ley de Acceso a la Información Pública del Estado de Sinaloa, siendo Sinaloa el estado con la ley más avanzada en materia de Acceso a la Información.

Cabe mencionar que al día de hoy todos los estados de la República Mexicana cuentan con una Ley Local de Acceso a la Información Pública.

El derecho de acceso a la información promueve el derecho a saber de las personas, para una mejora en su calidad de vida.

Ante este punto, el gobernador del estado de Sinaloa en el periodo 1999-2004 promovió una ley estatal de Acceso a la Información que contemplara la rendición de cuentas de los tres poderes del Estado, así como el de todas aquellas entidades públicas que reciban dinero del erario público, la cual fue enriquecida por el Congreso del Estado retomando valiosos elementos de la iniciativa presentada por la fracción parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática.